Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional quinta
43 / 49En vigor desde 1 jun 2025
Todas las menciones contenidas en esta ley a los términos “licencia municipal de ocupación” o “licencia de ocupación”, deberán entenderse referidas al título habilitante para la ocupación de las edificaciones conforme a la legislación urbanística en vigor, ya sea declaración responsable o licencia.
Se añade por el art. 110 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2004/06/30/3#disposicion-adicional-quinta