Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 1 jun 2025
Todas las menciones contenidas en esta ley a los términos “licencia municipal de ocupación” o “licencia de ocupación”, deberán entenderse referidas al título habilitante para la ocupación de las edificaciones conforme a la legislación urbanística en vigor, ya sea declaración responsable o licencia. Se añade por el art. 110 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959

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eli/es-vc/l/2004/06/30/3#disposicion-adicional-quinta