Art. Disposición derogatoria
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición derogatoria

132 / 134
En vigor desde 1 abr 2004
Quedan derogadas: a) La Ley 19/1998, de 29 de junio, de Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. b) La Ley 6/1985, de 27 de junio, del Consejo Social de la Universidad del País Vasco. c) Todas las demás disposiciones que se opongan a lo previsto en la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2004/02/25/3#disposicion-derogatoria