Título Régimen jurídico›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final sexta
142 / 148En vigor desde 3 mar 2005
La Consejería competente en materia forestal confeccionará, en el plazo de tres años, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, un Inventario general de los montes vecinales en mano común en el que consten individualizados los datos que permitan la perfecta identificación de los mismos, tales como situación geográfica, superficie, lindes, estado económico de aprovechamiento, usos, concesiones, convenios, consorcios y arrendamientos establecidos sobre los mismos.
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Proeli/es-as/l/2004/11/23/3#disposicion-final-sexta