Art. Disposición adicional undécima
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional undécima

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En vigor desde 5 abr 2003
La Junta de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, promoverá junto con las Universidades de Castilla y León actividades de Enseñanza Virtual, que aprovechen las nuevas tecnologías de la Información para convertir a la comunidad autónoma en referencia mundial para sus enseñanzas y particularmente para la enseñanza del castellano.
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