Art. 23
Título TÍTULO III

Art. 23

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En vigor desde 11 nov 2010
En cada una de las Universidades públicas de Castilla y León se constituirá un Consejo Social como órgano de participación de la sociedad en la Universidad y de interrelación entre ambas. Se modifica por el art. único.7 de la Ley 12/2010, de 28 de octubre. Ref. BOE-A-2010-17982

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Pro

eli/es-cl/l/2003/03/28/3#art-23