Título TÍTULO V
Art. 40
40 / 49En vigor desde 23 abr 2003
Las relaciones de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias con el Tribunal de Cuentas se canalizarán a través del Síndico Mayor y se desarrollarán de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
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Proeli/es-as/l/2003/03/24/3#art-40