Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 20 mar 2003
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que se opongan a la presente ley y de manera expresa el Título IV de la Ley 5/1995, de 23 de marzo, de Solidaridad de Castilla-La Mancha.
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