Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional única
48 / 53En vigor desde 11 mar 2003
Los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con competencia en sectores materiales que afecten a la defensa de los consumidores y usuarios elaborarán conjuntamente un Plan Anual de Inspección, a ejecutar de forma coordinada.
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Proeli/es-cn/l/2003/02/12/3#disposicion-adicional-unica