Art. 27
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección II. Ventas prohibidas

Art. 27

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En vigor desde 17 jun 2002
1. Queda expresamente prohibida la venta en pirámide. 2. Se considera venta en pirámide cualquier tipo de venta en la que se ofrece a los compradores productos a precio reducido, o incluso gratuitos, a condición de que éstos consigan directa o indirectamente otros compradores o un determinado volumen de venta.
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