Título TÍTULO IV
Art. 50
51 / 65En vigor desde 29 may 2002
El régimen sancionador previsto en este título es independiente de la responsabilidad exigible ante la jurisdicción ordinaria o la contenciosa administrativa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2002/05/17/3#art-50