Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

21 / 23
En vigor desde 22 jun 2001
El Gobierno de La Rioja, a través de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, garantizará la disponibilidad de los medios materiales y personales que el Consejo Consultivo precise.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2001/05/31/3#disposicion-adicional-tercera