Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 77
82 / 105En vigor desde 26 jul 2001
Los contratos que celebre la Comunidad Autónoma se regirán por la legislación básica del Estado y por la normativa autonómica de desarrollo de la misma.
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Proeli/es-cl/l/2001/07/03/3#art-77