Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Las Cofradías de Pescadores
Art. 47
50 / 138En vigor desde 17 abr 2001
Existirá una Federación Nacional de Cofradías de Pescadores en la que podrán integrarse las Cofradías de Pescadores, así como sus Federaciones.
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Proeli/es/l/2001/03/26/3#art-47