Art. Disposición transitoria única
2 / 3En vigor desde 12 may 2000
Las autorizaciones actualmente en vigor en las que no se hubiera hecho uso de la facultad de desistimiento unilateral el día 1 de enero de 2000 tendrán una validez de cinco años a contar desde el día siguiente al de su otorgamiento.
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Proeli/es-md/l/2000/05/08/3#disposicion-transitoria-unica