Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición adicional tercera
26 / 29En vigor desde 16 abr 2002
Para la elección de Presidente y Vicepresidente del Consejo de Administración, los asistentes convocados al efecto escribirán un solo nombre en la papeleta y resultarán elegidos, por orden de votos, los que hayan obtenido un número más elevado. Si del resultado de dicha votación no se produjera la elección de un Vicepresidente, se procederá a una nueva votación, sólo para dicho puesto, resultando elegido el que más votos obtenga.
Se añade por el de la Ley 4/2002, de 4 de abril. Ref. BOE-A-2002-10340
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2000/05/26/3#disposicion-adicional-tercera