Art. 9
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Dirección General

Art. 9

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En vigor desde 2 jun 2000
1. El Consejo de Gobierno podrá cesar al Director general, oído el Consejo de Administración, mediante resolución motivada, por alguna de las siguientes causas: a) Imposibilidad física o enfermedad de duración superior a tres meses continuos. b) Incompetencia manifiesta o actuación contraria a los criterios, principios y objetivos a los que se refiere la presente Ley. c) Condena mediante sentencia firme por delito doloso. d) Incompatibilidad. 2. Asimismo el Consejo de Gobierno podrá cesar al Director general, a propuesta del Consejo de Administración, adoptada por mayoría de dos tercios, por causa fundada en uno de los supuestos del apartado anterior.
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