Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Principios de programación
Art. 13
13 / 29En vigor desde 2 jun 2000
La programación que emitan los servicios públicos de radiodifusión y televisión gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se inspirará en los siguientes principios:
a) El respeto a los principios que informan la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha y a los derechos y libertades que en ellos se reconocen y garantizan.
b) La objetividad, la veracidad e imparcialidad de las informaciones.
c) El respeto a la libertad de expresión.
d) El respeto al pluralismo político, cultural y social.
e) El respeto y especial atención a la infancia y a la juventud.
f) El respeto a los principios de igualdad y de no discriminación.
g) La separación entre informaciones y opiniones, la identificación de quienes sustentan estas últimas, y su libre expresión con los límites del apartado 4 del artículo 20 de la Constitución.
h) El fomento y la promoción de la cultura e identidad de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2000/05/26/3#art-13