Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 3 nov 2000
En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, se adoptará el oportuno Acuerdo del Gobierno de Cantabria por el que se apruebe la Relación de Puestos de Trabajo de la ODECA.
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