Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

2 / 45
En vigor desde 30 jul 2000
Son de interés de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la planificación, la construcción, la gestión, la conservación y la explotación de las obras e instalaciones a que se refiere el artículo 1.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2000/07/12/3#art-2