Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 81
82 / 130En vigor desde 30 mar 1999
La Administración de la Comunidad Autónoma colaborará con la Administración General del Estado, con las Administraciones de las restantes Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales en la tutela del patrimonio cultural aragonés, conforme a los principios e instrumentos establecidos en la Legislación de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y en la Legislación de Régimen Local.
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Proeli/es-ar/l/1999/03/10/3#art-81