Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 102
103 / 130En vigor desde 30 mar 1999
Son infracciones leves:
a) La producción de daños por imprudencia simple.
b) El incumplimiento parcial de las órdenes de ejecución e intervención y de las condiciones de las autorizaciones culturales.
c) La obstrucción simple de las inspecciones administrativas.
d) La falta de notificación de actos o traslados.
e) El incumplimiento del deber de permitir el acceso de los investigadores y la visita al público.
f) El retraso en el cumplimiento de las obligaciones establecidas por esta Ley.
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Proeli/es-ar/l/1999/03/10/3#art-102