Art. 91
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Instrumentos económico-financieros y tributarios

Art. 91

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En vigor desde 27 jun 1998
Las Administraciones públicas evaluarán con carácter periódico la eficacia de los instrumentos medioambientales de índole económica y/o fiscal en vigor, impulsarán y potenciarán las políticas fiscales incentivadoras de la mejora medioambiental ya existentes, y propondrán, en su caso, la aplicación de nuevos incentivos o modificaciones en los ya establecidos.
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eli/es-pv/l/1998/02/27/3#art-91