Art. 40
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 40

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En vigor desde 27 jun 1998
Se entiende por evaluación de impacto ambiental el conjunto de estudios y sistemas técnicos que permiten estimar y corregir los efectos que sobre el medio ambiente puedan ser originados por la ejecución de los planes y proyectos contenidos en el anexo I de esta ley.
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eli/es-pv/l/1998/02/27/3#art-40