Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 29
29 / 131En vigor desde 27 jun 1998
La protección del suelo constituye un deber básico de sus poseedores y propietarios, que conllevará las obligaciones de conocer y controlar la calidad del suelo, así como de adoptar medidas preventivas, de defensa y de recuperación.
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Proeli/es-pv/l/1998/02/27/3#art-29