Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 109
111 / 131En vigor desde 1 may 2012
Son infracciones muy graves los siguientes hechos, cuando generen riesgos o daños de este carácter a las personas, sus bienes o al medio ambiente y se realicen contraviniendo el ordenamiento jurídico:
a) La iniciación o ejecución de obras, proyectos y actuaciones sin haberse obtenido licencia, autorización o evaluación de impacto ambiental, sin haber realizado la oportuna comunicación previa, sin ajustarse a las condiciones impuestas en las autorizaciones y licencias ambientales o en las declaraciones de impacto ambiental o sin ajustarse a las condiciones notificadas en la comunicación previa.
b) La descarga en el medio ambiente, bien sea en las aguas, la atmósfera o el suelo, de productos o sustancias, en estado sólido, líquido o gaseoso, o de formas de energía, incluso sonora, que suponga un deterioro de las condiciones ambientales o afecte al equilibrio ecológico en general.
c) La ocultación o falseamiento de los datos exigidos en la documentación que se acompañe o incorpore a la comunicación previa de actividades clasificadas, a la evaluación de impacto ambiental y a la emisión de autorizaciones y licencias ambientales de todo tipo.
d) El incumplimiento de las órdenes de suspensión o clausura, o el incumplimiento reiterado de medidas correctoras.
e) El incumplimiento de los programas de vigilancia ambiental.
f) La realización de tareas de control ambiental por entidad colaboradora de forma contraria a las previsiones reglamentarias.
g) El incumplimiento de las órdenes administrativas de restauración y recuperación del medio ambiente alterado.
h) El incumplimiento de las medidas cautelares adoptadas por el órgano competente.
i) La incineración de residuos a cielo abierto.
j) La realización de obras, usos y actividades en contra de las disposiciones relativas a suelos contaminados.
k) La no adopción de medidas de recuperación, prevención o defensa en relación con suelos contaminados.
Se modifican los apartados a) y c) por el y 80 de la Ley 7/2012. de 23 de abril. Ref. BOE-A-2012-6368 .
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/1998/02/27/3#art-109