Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria segunda
98 / 105En vigor desde 24 jul 1998
Hasta tanto tenga lugar la constitución de los nuevos órganos de gobierno, de conformidad con lo establecido en esta Ley, continuarán ostentando sus cargos los actuales miembros de los órganos de gobierno de las Cajas.
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Proeli/es-mc/l/1998/07/01/3#disposicion-transitoria-segunda