Art. 67 sexies
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 67 sexies

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En vigor desde 20 jun 2012
Los titulares de cuotas participativas en, al menos, un porcentaje del total de cuotas emitidas en circulación igual o superior al 5% podrán solicitar de la entidad informaciones o aclaraciones, o formular preguntas por escrito acerca de cualesquiera asuntos que sean de su interés y la entidad estará obligada a facilitárselas, salvo que perjudique los intereses de la caja de ahorros o el cumplimiento de su función social. Se añade por el art. único.38 de la Ley 4/2012, de 15 de junio. Ref. BOE-A-2013-1789

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Pro

eli/es-mc/l/1998/07/01/3#art-67-sexies