Art. 2
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

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En vigor desde 8 may 1997
Están sometidas a la presente Ley todas las actuaciones relativas al planeamiento, gestión y ejecución en materia de urbanismo, en la edificación, transporte y comunicación sensorial, tanto de nueva construcción como de rehabilitación, reforma o cualquier otra actuación análoga, que se realicen por cualquier persona física o jurídica, de carácter público o privado, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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eli/es-ar/l/1997/04/07/3#art-2