Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 4 jul 1997
Se crea una Comisión de Transferencias presidida por el Director general de Universidades e Investigación y de la que formarán parte dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia y dos representantes de la Universidad de Sevilla con objeto de determinar la integración en la Universidad Pablo de Olavide de las funciones, servicios, bienes materiales y personal de la Universidad de Sevilla ubicados en la sede de la citada Universidad que correspondan a las titulaciones relacionadas en el artículo 3.
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eli/es-an/l/1997/07/01/3#disposicion-adicional-primera