Art. 2
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

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En vigor desde 22 oct 1996
La presente Ley será de aplicación a las actuaciones en el planeamiento, gestión y ejecución en materia de urbanismo, edificación, transporte y comunicación sensorial tanto de nueva construcción como de rehabilitación o reforma que se realicen por cualquier persona física o jurídica, de carácter público o privado, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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eli/es-cb/l/1996/09/24/3#art-2