Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 21 may 1993
Reglamentariamente se definirán los parámetros y las normas de diseño en desarrollo de lo que se dispone en la presente Ley, y las obras de reforma o ampliación susceptibles de aplicación de la misma, así como la prioridad de las actuaciones que de ella se deriven.
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