Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria tercera
23 / 27En vigor desde 11 ago 1993
El Consejo Económico y Social procederá, en el plazo máximo de seis meses desde su constitución, a la elaboración y aprobación de su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
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Proeli/es-mc/l/1993/07/16/3#disposicion-transitoria-tercera