Capítulo CAPÍTULO III
Art. 20
20 / 27En vigor desde 11 ago 1993
El Consejo Económico y Social se regirá, en lo no establecido por la presente Ley, por el Reglamento de Organización y Funcionamiento, cuya aprobación corresponde al Pleno y cuya publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» será obligatoria.
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Proeli/es-mc/l/1993/07/16/3#art-20