Título TÍTULO II›Capítulo DISPOSICIONES ADICIONALES
Art. Primera
12 / 13En vigor desde 12 may 1993
La Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes elaborará en el plazo de un año una relación circunstanciada en la que se recojan los arrendamientos y las aparcerías a que se refiere esta Ley.
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Proeli/es-ga/l/1993/04/16/3#primera