Art. 4
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 4

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En vigor desde 7 nov 1992
De acuerdo con el principio de libertad civil, tradicional en el Derecho Foral vasco, las leyes se presumen dispositivas, y la renuncia a los derechos de ellas derivados será válida en tanto no contraríen el interés o el orden público, ni perjudiquen a tercero.
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eli/es-pv/l/1992/07/01/3#art-4