Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 24 mar 1991
En todo lo no expresamente regulado por esta Ley o por las normas aplicables de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en materia de procedimiento, será de aplicación la Ley de Procedimiento Administrativo.
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