Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
12 / 31En vigor desde 16 abr 1991
Los formadores de adultos, además de ejercer actividades docentes, contribuirán a la orientación y formación integral de la persona.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1991/03/18/3#art-12