Art. 1
1 / 18En vigor desde 17 oct 2002
Se crea el Consejo Aragonés de las Personas Mayores de Aragón como Entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que se regirá por la presente Ley, normas que la desarrollen y los estatutos que elabore el propio Consejo.
Se modifica por el art. único de la Ley 22/2002, de 16 de octubre. Ref. BOE-A-2002-20937
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/1990/04/04/3#art-1