Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final segunda

22 / 23
En vigor desde 10 jun 1989
El Órgano de Coordinación Tributaria creado en la presente ley se constituirá en un plazo no superior a dos meses desde su entrada en vigor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/1989/05/30/3#disposicion-final-segunda