Art. Disposición adicional

Art. Disposición adicional

3 / 5
En vigor desde 5 may 1989
El Himno podrá ser también interpretado con letra en cualquiera de las otras modalidades lingüísticas de Aragón en la versión que reglamentariamente se determine.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/1989/04/21/3#disposicion-adicional