Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 30 may 1988
Se declaran extinguidos los Patronatos para la Mejora de la Vivienda Rural de La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra, integrándose sus funciones, bienes, derechos y obligaciones en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
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