Art. 9
Capítulo CAPÍTULO TERCERO

Art. 9

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En vigor desde 28 dic 1988
Son Órganos Superiores en materia de personal en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: a) El Consejo de Gobierno. b) El Consejero de Presidencia. d) El Consejo Regional de Función Pública.
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