Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 2
2 / 27En vigor desde 27 dic 1986
Los sectores interesados en la enseñanza no universitaria participarán en su programación general a través de los siguientes órganos:
1. Consejo Escolar de Galicia.
2. Consejos Escolares Territoriales.
3. Consejos Escolares Municipales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1986/12/18/3#art-2