Capítulo DISPOSICIONES FINALES
Art. Tercera
12 / 12En vigor desde 19 jun 1986
En lo no previsto en esta Ley, será de aplicación lo dispuesto en la legislación básica del Régimen Local.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1986/05/15/3#tercera