Título TÍTULO SEGUNDO›Capítulo CAPÍTULO SEGUNDO
Art. 26
26 / 48En vigor desde 22 abr 1985
En los casos de petición de informaciones, remisión de expedientes o cualesquiera otros datos, el Ararteko establecerá un plazo para evacuar lo solicitado.
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Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/1985/02/27/3#art-26