Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria quinta
127 / 134En vigor desde 19 ene 1986
A efectos de lo dispuesto en la presente Ley se considerará equivalente el título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura.
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Proeli/es-as/l/1985/12/26/3#disposicion-transitoria-quinta