Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 42
44 / 134En vigor desde 19 ene 1986
1. Una vez publicada la oferta de empleo, serán convocadas, dentro del primer trimestre de cada año natural, las correspondientes pruebas selectivas para el acceso a las plazas vacantes comprometidas en la misma y hasta un 10 por 100 adicional.
2. Las convocatorias indicarán el calendario de realización de las pruebas que, en todo caso, deberán concluir antes del 1 de octubre de cada año, sin perjuicio de los cursos selectivos de formación que se establezcan.
3. Las plazas convocadas habrán de mantenerse en plantilla hasta que se resuelva la correspondiente convocatoria.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1985/12/26/3#art-42