Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
Derogado8 / 50En vigor desde 8 may 1984
El Consejo de Gobierno, órgano ejecutivo colegiado de la región, dirige la acción política y administrativa de la Comunidad Autónoma, ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y la Ley.
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Proeli/es-cm/l/1984/04/25/3#art-8