Art. 8
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 8

Derogado8 / 50
En vigor desde 8 may 1984
El Consejo de Gobierno, órgano ejecutivo colegiado de la región, dirige la acción política y administrativa de la Comunidad Autónoma, ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y la Ley.
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