Título TÍTULO IV
Art. 38
40 / 50En vigor desde 8 may 1984
Pondrán fin a la vía administrativa las resoluciones de los siguientes órganos y autoridades:
1. Las del Consejo de Gobierno y sus Comisiones Delegadas, en todo caso.
2. Las de los Consejeros, salvo cuando proceda recurso de reposición o una Ley especial otorgue recurso ante el Presidente o el Consejo de Gobierno.
3. Las de los Viceconsejeros, Directores generales y Secretarios generales Técnicos, en los casos en que resuelvan por delegación de un Consejero.
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Proeli/es-cm/l/1984/04/25/3#art-38