Título TÍTULO IV
Art. 36
38 / 50En vigor desde 8 may 1984
Las disposiciones regionales entrarán en vigor a los veinte días de su entera publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha», salvo que en ellas se dispusiera lo contrario.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/1984/04/25/3#art-36